09 agosto, 2013

Los pueblos indígenas: materia pendiente en la justicia

Con motivo de esta celebración, también el Relator Especial de las Naciones Unidas recordó que se deben respetar los tratados, sean nuevos o antiguos, permitiendo sentar las bases de la reconciliación y superar los obstáculos a la plena realización de los derechos de las comunidades indígenas.

En el sistema de justicia, se establecieron las Reglas de Brasilia en el año 2008 y menciona en la Regla 9: “Las personas integrantes de las comunidades indígenas pueden encontrarse en condición de vulnerabilidad cuando ejercitan sus derechos ante el sistema de justicia estatal.

Se promoverán las condiciones destinadas a posibilitar que las personas y los pueblos indígenas puedan ejercitar con plenitud tales derechos ante dicho sistema de justicia, sin discriminación alguna que pueda fundarse en su origen o identidad indígenas. Los poderes judiciales asegurarán que el trato que reciban por parte de los órganos de la administración de justicia estatal sea respetuoso con su dignidad, lengua y tradiciones culturales”.

También se prevé en la Regla 48 sobre las formas de resolución de conflictos propios de los pueblos indígenas, propiciando su armonización con el sistema de administración de justicia estatal.

¿Qué dicen estas reglas sobre el Sistema de resolución de conflictos dentro de las comunidades indígenas?

Regla 48: “Con fundamento en los instrumentos internacionales en la materia, resulta conveniente estimular las formas propias de justicia en la resolución de conflictos surgidos en el ámbito de la comunidad indígena, así como propiciar la armonización de los sistemas de administración de justicia estatal e indígena basada en el principio de respeto mutuo y de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos”.

También los sistemas de justicia deben actuar conforme a la Regla 49, en aquellos supuestos de resolución de conflictos se realicen fuera de la comunidad indígena y debe tomar en cuenta el peritaje cultural y al derecho a expresarse en el propio idioma.

¿Qué pasa en Paraguay?

En Paraguay los pueblos indígenas cada día realizan acciones administrativas y judiciales para defenderse, exigir justicia y dignidad, respeto a su territorio ancestral. Muchas de las comunidades indígenas que habitan el Estado paraguayo llevan acciones de reconocimiento formal de su propiedad privada ancestral, que se les permita ocuparla, disfrutarla lejos de toda amenaza.

En el año 2008, se realizó la única audiencia pública jurisdiccional – administrativa que permitió al Centro de Estudios Judiciales, conocer la realidad de estos pueblos para diseñar propuestas de reforma judicial que permita un mayor acceso a justicia, mejor administración de recursos y gestión jurisdiccional basada en elementos objetivos y transparentes que eviten la discriminación en la gestión del caso judicial y el juzgamiento.

En la oportunidad, líderes de pueblos indígenas y colaboradores cercanos, expresaron sus preocupaciones en relación al sistema judicial frente a administradores y autoridades judiciales. La Dirección de Derechos Humanos del Poder Judicial paraguayo se comprometió delante de todos ellos de avanzar en mejorar las condiciones del servicio judicial para sus pueblos.

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