18 julio, 2016

Afinan proyecto para mejorar control del régimen de libertad condicional.

Afinan proyecto para mejorar control del régimen de libertad condicional.

Durante la reunión, discutieron aspectos que hacen al funcionamiento de la aplicación de medidas alternativas y sustitutivas a la prisión preventiva, señalando que en los últimos años hubo un descontrol en la aplicación de tales medidas, debilitando su utilización por parte de los magistrados penales, con su consecuencia institucional de congestionar las penitenciarias.

Esto debido a la falta de la existencia de una estructura orgánica que controle, oriente y presente informe a jueces de ejecución con relación a los regímenes de libertades condicionadas.

Juan Marcelo González Garcete, miembro titular de la Defensa Publica, explicó que los asesores de prueba forman parte de una figura que existe en la legislación del Código de Ejecución y que ya estaba contemplado anteriormente en el Código Procesal Penal en 1998.

Refirió que la intención de la Comisión Nacional de Reforma Judicial, la Subcomisión I, es crear como órgano bien estructurado para superar los problemas que existen hoy dentro del sistema judicial.

“No está reglamentado quienes pueden ser Asesores, cuales son las sanciones o transgresiones, cuando el asesor de pruebas no cumple cabalmente con sus funciones. Vamos a tratar en la Comisión quienes pueden ser asesores, reglamentar sus funciones y en qué caso puede actuar un asesor de pruebas”, argumentó.

Para realizar un análisis acabado de su funcionamiento, la Comisión nacional de Reforma Judicial resolvió citar a la Jueza de Ejecución Lourdes Escurra, la fiscal de Ejecución del Ministerio Público y un representante de la Defensa Pública. También se debatió sobre la posibilidad de involucrar al Ministerio de Justicia en el tema.

El articulo 187 habla de la designación y funciones de los asesores de prueba en lo Penal. El mismo indica que prestarán apoyo y cuidado al condenado, cuya ejecución de pena privativa de libertad hubiera sido suspendida. Con acuerdo del Tribunal, supervisará el cumplimiento de las obligaciones y reglas de conducta impuestas, así como de las promesas.

Además, presentará informe al Tribunal en las fechas determinadas por éste y le comunicará las lesiones graves o repetidas de las obligaciones, reglas de conducta o promesas. La Corte Suprema de Justicia reglamentará por acordadas, los requisitos para ser designado asesor de prueba.

La Comisión Nacional de Reforma Judicial tiene el apoyo técnico del Centro de Estudios Judiciales (CEJ) que busca abrir un espacio de diálogo social para la identificación de los principales problemas en torno al acceso a Justicia y a los servicios de la Administración de Justicia, su discusión, análisis y la construcción participativa de una Hoja de Ruta de los temas prioritarios en el proceso de la Reforma Judicial.

COMPARTIR