17 mayo, 2016

Autoridades electas: ¿Pueden litigar?

Autoridades electas: ¿Pueden litigar?

Las modificaciones al Código de Organización Judicial siguen en estudio en la Comisión Nacional de Reforma Judicial, cuya subcomisión N° 1, en la reunión de esta semana, se centró en el debate sobre el ejercicio de la profesión de abogado por parte de las personas que ocupan cargos electivos.

De la reunión participó la representante de la Corte Suprema de Justicia, María Mercedes Buongermini; del Colegio de Abogados del Paraguay, Óscar Paciello; y de la Asociación de Jueces del Paraguay, Mirta Granado.

El diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA-Paraguarí), sostuvo que existen posturas dispares en cuanto al ejercicio de la profesión de abogado para las personas que ejercen cargos electivos. Explicó que un sector expresó opiniones favorables a las prohibiciones que ya están en la Ley que rige el Poder Judicial, a fin de evitar ciertas injerencias políticas en los litigios.

El legislador añadió que este punto será resuelto en la siguiente reunión, donde los asesores del estamento también acercarán un proyecto alternativo.

“Hay disparidad de criterios en cuanto a si todos, absolutamente todos los que ocupan cargos electivos, pueden ejercer la profesión. De hecho, en el caso de los legisladores, es atendible porque integramos el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, donde se podría dar cierta ascendencia. Pero esto hay que estudiar en general, porque también vimos casos de concejales municipales, en el interior por ejemplo, quienes no perciben un monto mayor en sus cargos. Igualmente, vimos la parte del funcionariado público, quienes integran la asesoría jurídica de las instituciones, porque de lo contrario se obligaría al Estado a tener que contratar abogados para defender sus intereses y eso implicaría mayor gasto”, explicó Ávalos Mariño.

Por su parte, el diputado Julio Javier Ríos (ANR-Capital), al igual que la representante de la Corte Suprema de Justicia, María Mercedes Buongermini, coincidieron en que esta situación debe aclararse en la legislación, por lo que sostuvieron que analizarán la nueva redacción propuesta, a profundidad.

“Hay un precepto en la Constitución que establece la prohibición explícita para los legisladores que ejercen funciones en cargos electivos, de ocupar asesorías jurídicas en empresas o consorcios que trabajan para el Estado. Y como en materia de prohibiciones, éstas deben ser bien específicas y taxativas, entonces podría interpretarse que el ejercicio de la profesión, en otros casos, podría darse. Es por esto que estamos analizando todo minuciosamente, para que queden bien claros todos los casos”, indicó el congresista Ríos.

“Esto es una cuestión que justamente se va a debatir con intensidad en ambas cámaras. Las dos propuestas están dadas y es una decisión que van a tener que tomar en plenaria. Hay una discusión bastante interesante y ella ya dio lugar a muchas jurisprudencias con relación a la inexistencia de una prohibición expresa. Hay una laguna que tenemos que solucionar. La Ley, en este caso, es ambigua; por eso necesitamos una norma clara que diga qué se puede y qué no se puede”, agregó, a su turno, la Dra. Buongermini.

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